Santiago 20 Abr. (ATON) -
La Comisión del Trabajo del Senado, donde se discutieron las principales disposiciones de la rebaja de la jornada laboral a 40 horas, citó al director del Trabajo, Pablo Zenteno, para que explique el polémico dictamen que impide fraccionar la disminución en minutos.
El presidente de la comisión, Iván Moreira (UDI), dijo que el reciente dictamen de la Dirección del Trabajo pone una sombra de duda sobre algo que considerábamos ya resuelto .
Aseguró que el dictamen es preocupante, porque desatiende el tenor literal de una norma legal para darle un sentido distinto y lo empeora usar una frase de un senador de la comisión fuera de contexto .
Por su parte, el senador Luciano Cruz-Coke (Evópoli) recordó que hubo un espíritu dentro de la negociación en el Senado de que no solo existiera gradualidad y flexibilidad, sino que también en buscar acuerdos entre trabajadores y empleadores para no generar problemas para algunas empresas como las pymes, que son más vulnerables a los cambios .
También recordó que el director del Trabajo dijo expresamente en una entrevista radial que los cambios se pueden hacer de acuerdo a lo que decía la ley, y ayer (jueves) se produce un cambio respecto a lo que él mismo había dicho y ese cambio no forma parte del espíritu con el que se acordó la legislación de manera transversal .
El jueves, la DT emitió un dictamen para aclarar la interpretación que las empresas están dando a la reducción de la jornada laboral de a 40 horas, medida que comenzará a regir el 26 de abril próximo de manera gradual, con la rebaja de 45 a 44 horas.
Concretamente, en caso de no haber acuerdo entre empleador y trabajadores, el dictamen señala que tratándose de una jornada de lunes a viernes, el 26 de abril de 2024 el empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal . Esta disposición regirá hasta el 25 de abril de 2026.
Además, en el caso de una jornada semanal de 6 días, de lunes a sábado, el dictamen establece que el empleador deberá reducir al menos 50 minutos en una jornada diaria y la fracción de 10 minutos en otra, en alguno de los 6 días que forman parte de la jornada semanal .